El Consejo está integrado por 25 miembros, incluido su Presidente. De ellos, 8 componen el Grupo Primero en representación de las organizaciones sindicales, 8 el Grupo Segundo en representación de las organizaciones empresariales, y 8 el Grupo Tercero, correspondiendo 1 de ellos al sector agrario, 1 a Consumidores y Usuarios, 1 al sector de la economía social, 1 a la Universidad, 1 a las Cajas de Ahorros de ámbito regional, 1 al Consejo de la Juventud, siendo los dos restantes expertos en las materias competencia del Consejo.
Los miembros del Consejo representantes del Grupo Primero son designados por las organizaciones sindicales que hayan obtenido la condición de más representativos, en proporción a su representatividad, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 6.2 y 7.1 de la Ley Orgánica 11/1985, de 2 de Agosto de la Libertad Sindical.
Los miembros del Consejo representantes del Grupo Segundo son designados por las organizaciones empresariales que gocen de capacidad representativa, en proporción a su representatividad, con arreglo a lo dispuesto en la Disposición Adicional Sexta del Real Decreto Legislativo 1/1995 por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores.
Los miembros del Consejo representantes del Grupo Tercero son propuestos, en cada caso, por las entidades o asociaciones que a continuación se indican:
| a) |
El correspondiente al sector agrario, por las organizaciones profesionales agrarias con implantación en el referido sector |
| b) |
El correspondiente al sector de la economía social, por las asociaciones regionales de cooperativas y sociedades laborales. |
| c) |
El correspondiente a los consumidores y usuarios, por las asociaciones y organizaciones del Sector. |
| d) |
El correspondiente a la Universidad, por el órgano de gobierno correspondiente de la Universidad de Extremadura. |
| e) |
El de las Cajas de Ahorros, por la Federación Extremeña de Cajas de Ahorros. |
| f) |
El del Consejo de la Juventud, a propuesta de dicho Consejo. |
Los dos expertos son nombrados por el Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura a propuesta del Consejero de Economía Industria y Comercio, entre personas con una especial preparación y reconocida experiencia, previa consulta a los grupos integrantes del Consejo.